TOLEDO

TOLEDO
La sociedad de consumo
"Una sociedad capitalista requiere una cultura basada en imágenes. Necesita suministrar muchísimo entretenimiento con el objeto de estimular la compra y anestesiar los dolores asociados a la clase, la raza y el sexo."

Susan Sontag (E.E.U.U., 1933-2004)


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Viaje a Cantabria

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En la Universidad de Comillas

Audiendia con la Presidenta Maria Dolores de Cospedal

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Reunión con la junta directiva de la Asc.Prov.Amas de Casa C y U "La Vega"

Visita al Congreso de los Diputados , Madrid

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Congreso de los Diputados, Madrid

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Junta directiva de Apaccu La Vega

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Visita la Fabrica de Coca-Cola y Casbega (embotellador).

Visita la Fabrica de Coca-Cola y Casbega (embotellador).

Reunión con Maria Teresa Novillo

Reunión con Maria Teresa Novillo
Directora del Instituto de la Mujer en Castilla La Mancha

Vamos al Teatro Nuevo Apolo, Madrid a ver Mellizos de Bertin Osborne y Paco Arevalo

)

Teatro Compac , Gran Via, "Marta tiene un marcapasos", el musical de Hombres G

Sofocos

Vamos al teatro Nuevo Apolo, Madrid

Vamos al Teatro a ver Sonrisas y Lagrimas

Vamos al Teatro Amaya

Mostrando entradas con la etiqueta Informa. Mostrar todas las entradas
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La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, informa sobre los derechos de los consumidores ante el cierre de un establecimiento comercial

· Estos últimos meses varias cadenas de tiendas han cerrado sus puertas y muchos consumidores se han encontrado con la imposibilidad de utilizar los vales de devolución, con la consecuente vulneración de sus derechos. · La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, anima a los consumidores y consumidoras a reclamar sus derechos en estos casos. · Si la tienda se ha declarado en quiebra, los consumidores pueden presentar su crédito en el concurso de acreedores, una vez abierto este por la propia empresa. · No obstante, ASGECO Confederación reitera sus críticas al procedimiento concursal vigente en España actualmente, por privilegiar los intereses empresariales a los de los consumidores finales a la hora de cobrar las deudas pendientes. Aunque la tendencia se ha visto acentuada con la crisis, en el mercado empresarial es más habitual de lo que pensamos que unos comercios cierren y aparezcan otros nuevos. El problema aparece cuando esta tienda que cierra, ya se trate de un comercio particular, de una franquicia o de toda una gran cadena, aun mantiene deudas con sus clientes. Si bien puede que estas deudas no sean millonarias, se está vulnerando el derecho del cliente como acreedor de la tienda y como consumidor de sus productos y/o servicios. Los casos más habituales son aquellos en los que el cliente devuelve un artículo a cambio de un cheque-regalo o “vale”, y más tarde la tienda cierra sin que el consumidor/a haya podido hacer uso de dicho cheque, o los supuestos en que un consumidor devuelve un producto para su posterior reparación y, con el cierre, el producto no se recupera. ¿Qué pueden hacer entonces los consumidores? Cuando una gran empresa distribuye sus productos en establecimientos de venta al público suele valerse de franquicias o sucursales. Mientras que las franquicias son pequeños establecimientos que el franquiciado (dueño/a) dirige de manera autónoma, pero bajo los parámetros que le señala el franquiciador, las sucursales son dependientes de la matriz. Por esta razón, cuando no hemos visto satisfecho nuestro derecho de crédito es importante distinguir si estamos ante una franquicia o ante una sucursal: · si se trata de una sucursal, podremos dirigir nuestra reclamación contra la matriz u Oficina Central; · si se trata de una franquicia, tendremos pocas opciones de hacer valer nuestros derechos y únicamente podremos intentar una acción por vía judicial, a valorar según el importe de nuestro crédito; · si nuestro punto de venta habitual ha cerrado sus puertas, pero no la cadena, podríamos dirigirnos al franquiciador y solicitar que asuma la deuda; aunque no estará obligado a ello, es posible que recibamos de él un gesto de “cortesía comercial” por cuestiones reputacionales; · si la franquicia que ha cerrado no se ha declarado en quiebra, por tener todas sus deudas pagadas a la hora de su cierre, el consumidor o la consumidora pueden reclamar el cumplimiento de su derecho de crédito, es decir, pedir que se ejecute el vale, en un proceso de arbitraje solicitado ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de su localidad; · si el establecimiento o la cadena se ha declarado en quiebra, los consumidores que disponen de un “vale” o cualquier otro título de crédito se considerarán acreedores de la misma manera que la administración fiscal o los proveedores. Para ver satisfecha su reclamación al final de un procedimiento que puede durar varios años, tendrían que declarar su crédito en el concurso de acreedores abierto. En cualquier caso, adherirse a un concurso de acreedores por una cantidad pequeña no es casi nunca una opción recomendable, pues los costes del proceso pueden alcanzar hasta 2.000 euros, por lo que terminaríamos pagando más cantidad que aquella que reclamamos. Del mismo modo que en el caso del cierre de aerolíneas, la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, considera que el procedimiento concursal en España no está adaptado a la defensa de los intereses económicos de los consumidores. Ya sea por desconocimiento o por las dificultades propias de este procedimiento, muchos consumidores y consumidoras no se unen al concurso y abandonan así su derecho a ver reembolsado su crédito. Si desea más información, puede llamar al 914 032 386 (mañanas) 685 488 532 (tardes) Agradeciendo de antemano la difusión de nuestra labor, reciba un cordial saludo: Gabinete de comunicación (prensa@asgeco.org) Visite www.asgeco.org

ASGECO Confederación, informa a los afectados y afectadas del naufragio del Costa Concordia sobre el proceso de indemnización

· La compañía Costa Cruceros ha comenzado el proceso de indemnización a los afectados y afectadas del crucero reembolsándoles ya el coste del mismo. · ASGECO Confederación avisa a los afectados y afectadas que el hecho de aceptar la indemnización de 11.000 € por daños morales y materiales les cierre las puertas a cualquier acción judicial ulterior contra la compañía. · ASGECO Confederación exige a las autoridades competentes abrir una investigación para determinar las causas del trágico accidente y depurar toda responsabilidad, para que dicho suceso no vuelva a repetirse. ASGECO Confederación informa que la compañía Costa Cruceros, propietaria del Costa Concordia, ha procedido a lo largo de esta semana a reembolsar a todos los afectados y afectadas del crucero el coste íntegro del mismo. En una carta enviada a los viajeros, la empresa se compromete a reembolsar asimismo cualquier gasto de viaje en el que hayan incurrido los pasajeros, tanto los utilizados para llegar hasta el puerto de embarque como en su viaje de regreso a casa, al igual que cualquier gasto médico. Para ello, los afectados deberán presentar copias de los comprobantes correspondientes tales como tickets, recibos o facturas. Los afectados que no hubieran recibido ninguna carta pueden contactar con Costa Cruceros en el 934 875 685 (www.costacruceros.es). La compañía ha informado que tan pronto como sea posible comenzará la búsqueda para recuperar las cajas de seguridad de las cabinas, para proceder a la devolución de los objetos personales depositados en las mismas a sus dueños. La Compañía Costa Cruceros ha emitido un comunicado desde su matriz en Italia en el que informa que abonará la cantidad de 11.000 € a cada pasajero incluidos los niños y niñas, en concepto de indemnizaciones por daños morales y materiales. ASGECO Confederación pone sobre aviso a los afectados, puesto que el hecho de aceptar dicha indemnización cerraría las puertas a cualquier acción judicial contra la compañía, por lo que deberán valorarlo previamente. ASGECO Confederación exige a las autoridades competentes abrir una investigación para determinar las causas del trágico accidente y depurar toda responsabilidad, para que dicho suceso no vuelva a repetirse. Si desea más información y entrevistas, puede llamar al 914 035 078 / 914 032 386 (mañanas) / 685 488 532 (tardes) Agradeciendo de antemano la difusión de nuestra labor, reciba un cordial saludo: Gabinete de comunicación (prensa@asgeco.org) Visite www.asgeco.org

ASGECO Confederación, informa sobre el procedimiento para cobrar las indemnizaciones de los afectados por la quiebra de Air Madrid

· Como informó ya ASGECO Confederación, el pasado 10 de enero el Juzgado número 5 de lo Mercantil de Madrid en Sentencia nº 3/12 acordó la finalización de la fase común del procedimiento y aprobó la propuesta de convenio presentada por la aerolínea Air Madrid. · En dicha sentencia se aprueba proceder al pago del 100% de los créditos reconocidos a los afectados por el cierre de la aerolínea por los vuelos programados a partir del 15 de Diciembre de 2006 y que no fueron realizados. El pago de estos créditos se realizará en el primer año a contar desde el momento en que la sentencia sea firme, lo que está previsto que se produzca en los próximos días. · Los afectados/as podrán solicitar el pago mediante Pagaré nominativo con vencimiento del 7 de enero de 2013 (es decir, que podrá ser cobrado a partir de ese día), por el importe del crédito establecido por el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid en la Lista de Acreedores definitiva. · Para poder obtener el Pagaré, deberán personarse en las oficinas de Air Madrid (Plaza de Ciudad Real, 1, Local 1 28702 San Sebastián de los Reyes, Madrid). Para evitar colas y esperas innecesarias, se ha habilitado un sistema de citas previas (916 520 019) en el que se podrá solicitar el día y hora que más le convenga para la entrega del pagaré nominativo. · Como alternativa, los afectados/as pueden optar por el pago por transferencia, debiendo en este caso suscribir el documento que la administración concursal ha puesto a disposición a través de su página web, en http://concurso.airmadrid.com/. Una vez realizados los trámites, la transferencia será cursada el día 7 de enero de 2013. · La sentencia excluye de este grupo de afectados a aquellos pasajeros y pasajeras que hubieran tomado un transporte alternativo proporcionado por organismos e instituciones públicas o empresas privadas. · Air Madrid ha habilitado también una línea telefónica a través del número 916 520 019 para que los afectados y afectadas puedan solicitar información. Si desea más información y entrevistas, puede llamar al 914 035 078 / 914 032 386 (mañanas) / 685 488 532 (tardes) Agradeciendo de antemano la difusión de nuestra labor, reciba un cordial saludo: Gabinete de comunicación (prensa@asgeco.org) Visite www.asgeco.org

ASGECO Confederación Informa....

La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, informa a los afectados de Air Comet acerca de las novedades en el proceso concursal La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, informa que dentro del proceso concursal en el que se encuentra la aerolínea Air Comet, se ha abierto a partir del día 27 de abril de 2010 el plazo para que los perjudicados comuniquen sus créditos. El plazo para la comunicación de créditos ya ha comenzado a contar, dado que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el auto del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid que declara insolvente a Air Comet. El concurso, admitido por el juez, abre el camino para que cobren tanto los trabajadores (a los que se adeudan hasta ocho mensualidades), como la Seguridad Social (con unos 16 millones) y el Ministerio de Fomento (unos seis millones por el dispositivo de ayuda a los viajeros afectados por el cierre de la compañía en diciembre), y los clientes, entre otros. La comunicación deberá hacerse a los administradores que ha nombrado el juez Francisco de Borja Villena para supervisar el procedimiento por insolvencia. Dicha comunicación se formulará de cualquiera de las siguientes formas: a través del correo ordinario a la siguiente dirección: “Administración concursal del concurso de Air Comet Paseo de la Castellana , 60, 5º, 28046 Madrid, vía fax (con el número 91.781.08.41) o a través de la dirección de correo electrónico info@concursoaircomet.com, a la que se acompañará para ser válida, la documentación del crédito escaneada en soporte pdf, o remitida luego por correo ordinario a aquella dirección. El pasado 21 de diciembre Air Comet anunció el cierre después de que un juez de la Corte Suprema de Londres ordenara el embargo de sus aviones por la demanda por impago presentada por el banco alemán Nord Bank, al que la aerolínea adeudaba 17,2 millones de euros por el 'leasing' de las aeronaves. Desde la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación se quiere informar a todos los usuarios afectados por esta aerolínea que podrán presentarse al Concurso de Acreedores. Para ello pueden ponerse en contacto con esta confederación con el objeto de concurrir al proceso concursal bajo una misma representación. El objetivo es aglutinar las acciones que los usuarios de Air Comet tengan contra la compañía aérea. ASGECO Confederación les aconseja recopilar toda la información relativa a su relación con Air Comet (contratos, reservas electrónicas, recibos de pagos realizados, cartas, etc.), que es imprescindible para poder actuar en el proceso concursal. La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, recomienda por tanto que, a partir de este momento, todos aquellos consumidores que sean acreedores de la compañía envíen por el medio que consideren mas oportuno, toda la documentación necesaria que acredite el crédito pendiente, al Juzgado de lo Mercantil. Los afectados pueden dirigirse a ASGECO Confederación donde se les facilitará toda la información precisa: · ASGECO Confederación: +34 914 035 078 / +34 914 032 386 / Fax. +34 914 053 997 · aircomet@asgeco.org
 

ASGECO Confederación recorre España en Bus CONSUMO:LO JUSTO

Nueva campaña informativa de la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, en Madrid: “CONSUMO: LO JUSTO” En el marco de su campaña de información y sensibilización, la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, pretende fomentar el consumo responsable, saludable, sostenible y solidario entre los consumidores y usuarios. La campaña “Consumo: lo justo” (www.consumolojusto.es), apoyada por el Instituto Nacional del Consumo, quiere promover la adopción de conductas que favorezcan la corresponsabilidad con el entorno a través de los hábitos de compra. Bajo el lema “Lo justo para ti, lo justo para todos”, la campaña dará a conocer el concepto de Ciclo de vida del producto, como variable para visualizar de manera global el impacto sobre el medio ambiente de las diferentes etapas por las que pasan los productos, procesos o actividades. Esta reflexión, y la posterior modificación de hábitos de consumo que se están demostrando perjudiciales para el medio ambiente, debe dar lugar a un nuevo modelo de consumo sostenible donde el consumidor ejerza el poder de su compra. Un autobús informativo recorrerá 19 puntos de España para acercar a los consumidores una información actualizada y práctica sobre este tema, así como el asesoramiento de expertos y técnicos en cualquier materia de consumo. ASGECO-UNCUMA y la Cooperativa de Padres, Enseñanza, Consumidores y Usuarios COSABER-Colegio bernadette, acogen al autobús en Madrid, en la calle Santa Bernardita nº 1 (28023 ARAVACA), el próximo día 10 de noviembre, desde las 10 hasta las 17 horas.

ASGECO Confederación informa

La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, informa sobre el momento actual en el caso Air Madrid Ante la demora en el proceso judicial seguido contra Air Madrid Líneas Aéreas S.A. (concurso declarado el 11 de enero de 2007), la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, quiere informar a los afectados sobre el momento actual, tanto en el proceso penal como en el mercantil. En cuanto al proceso penal, recordar que mediante Auto fechado el 17 de Enero de 2008, la Audiencia Nacional desestimó los recursos de apelación interpuestos, entre ellos el de ASGECO Confederación, y confirmó el Auto del Juzgado Central de Instrucción Nº 3 de la Audiencia Nacional, que archivaba el caso, cerrando de esta forma la vía penal a todos los afectados y Asociaciones, considerándose que los hechos denunciado no eran constitutivos de delito alguno. No obstante la Audiencia Nacional , estimando parcialmente el recurso del Ministerio Fiscal, declaró que el sobreseimiento era provisional, lo que significa que si en el proceso mercantil, aún abierto, se determinase que el concurso de acreedores se había generado fraudulentamente, se procedería a incoar un nuevo proceso penal. En cuanto al proceso mercantil, seguido ante el Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid, el mismo continúa en tramitación estando en la fase de resolución de los múltiples procesos incidentales iniciados por acreedores (impugnación de la lista de acreedores), por lo que aún no existe ni un listado definitivo de acreedores ni de las cantidades que debe la concursada Air Madrid. La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, seguirá informando sobre las próximas fases del proceso.

Vamos al teatro a ver el musical El Rey Leon