•La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, informa que el incremento de las tasas aeroportuarias podría ser ilegal en virtud del art. 98 de la Ley de Seguridad Aérea, que exige la realización de una consulta previa con las asociaciones de aerolíneas a la hora de incrementar las tarifas.
•Fuentes de la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que agrupa a las principales aerolíneas que operan en España, han declarado a ASGECO Confederación que en ningún momento han sido consultadas para llevar a cabo la subida de este año. Dicha consulta tenía que haberse llevado a cabo durante los primeros meses del año 2011.
•Además, la Directiva 2009/12/CE en su art. 6 obliga a la entidad gestora del aeropuerto, AENA en este caso, a “presentar a los usuarios toda propuesta de modificación del sistema de tasas aeroportuarias a más tardar cuatro meses antes de su entrada en vigor”. Obviamente, este aviso no se ha producido. Además, según el Reglamento (CE) 1008/2008, las líneas aéreas deben informar de los precios finales, sin cambios, a los consumidores antes de efectuar la compra.
•ASGECO Confederación recuerda a los usuarios del transporte aéreo que la subida de las tasas se aplicará con carácter retroactivo para los billetes comprados antes del día 1 de julio, si bien las aerolíneas han habilitado sus propios procedimientos para que los viajeros puedan hacer uso del desistimiento de contrato si lo consideran oportuno.
•Por último, ASGECO Confederación lamenta la indefensión del consumidor más previsor, que ha comprado sus billetes con antelación.
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