- Desde la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, creemos que, en términos generales, la nueva legislación europea sobre el etiquetado de alimentos que entró en vigor esta misma semana mejora la transparencia informativa de los consumidores.
- No obstante, el Reglamento 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo adolece de algunos defectos importantes, como la ausencia de un articulado específico relativo a la presencia de ácidos grasos trans en los alimentos o la ambigüedad en torno a la obligatoriedad del etiquetado del país de origen.
- Asimismo, desde ASGECO Confederación consideramos que la fecha de inicio de aplicación del Reglamento, previsto entre 2014 y 2016, nos parece demasiado lejana.
- Por otro lado, ASGECO Confederación acoge con satisfacción la incorporación de nueva regulación largamente esperada por los consumidores en algunos asuntos, como el etiquetado nutricional, que pasa a ser obligatorio, el tamaño mínimo de la letra en las etiquetas o la fecha de congelación en el caso de las carnes congeladas.
Según Jean-Bernard Audureau, Portavoz de ASGECO Confederación, “el nuevo Reglamento recoge algunas de las demandas que las asociaciones de consumidores venimos exigiendo desde hace años, si bien se queda corto en aspectos importantes, como el relativo a las prohibiciones o limitaciones que deberían existir con respecto a la incorporación de grasas trans en los alimentos”.
No obstante, Audureau considera muy importante la nueva obligación de “informar de la fecha en la se ha congelado la carne, para que así los consumidores puedan elegir entre productos más o menos frescos”, aunque cree que en este aspecto “a nivel estatal España debe mejorar en la aplicación de la normativa interna para que no se produzcan brechas en la cadena de frío, especialmente durante la distribución”.
En cuanto al tamaño mínimo de la letra, será de 1,2 mm para envases con superficie mayor a 80 cm2 y de 0,9 mm para aquellos con superficies inferiores. Por otro lado, el etiquetado nutricional pasa a ser obligatorio y debe incluir energía, grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal, todo ello expresado en valores de 100g/100ml.
Especialmente significativa resulta la incorporación en la norma de bebidas con “alto contenido de cafeína”, que deberán ir etiquetadas con la leyenda “no recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en periodo de lactancia”.
Si desea más información, puede llamar al 914 035 078 / 914 032 386 / Portavoz: Jean-Bernard Audureau - 685 488 532
Agradeciendo de antemano la difusión de nuestra labor, reciba un cordial saludo:
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