TOLEDO

TOLEDO
La sociedad de consumo
"Una sociedad capitalista requiere una cultura basada en imágenes. Necesita suministrar muchísimo entretenimiento con el objeto de estimular la compra y anestesiar los dolores asociados a la clase, la raza y el sexo."

Susan Sontag (E.E.U.U., 1933-2004)


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Viaje a Cantabria

Viaje a Cantabria
En la Universidad de Comillas

Audiendia con la Presidenta Maria Dolores de Cospedal

Audiendia con la Presidenta  Maria Dolores de Cospedal
Reunión con la junta directiva de la Asc.Prov.Amas de Casa C y U "La Vega"

Visita al Congreso de los Diputados , Madrid

Visita al Congreso de los Diputados , Madrid

Congreso de los Diputados, Madrid

Congreso de los Diputados, Madrid

Junta directiva de Apaccu La Vega

Junta directiva de Apaccu La Vega

Visita la Fabrica de Coca-Cola y Casbega (embotellador).

Visita la Fabrica de Coca-Cola y Casbega (embotellador).

Reunión con Maria Teresa Novillo

Reunión con Maria Teresa Novillo
Directora del Instituto de la Mujer en Castilla La Mancha

Vamos al Teatro Nuevo Apolo, Madrid a ver Mellizos de Bertin Osborne y Paco Arevalo

)

Teatro Compac , Gran Via, "Marta tiene un marcapasos", el musical de Hombres G

Sofocos

Vamos al teatro Nuevo Apolo, Madrid

Vamos al Teatro a ver Sonrisas y Lagrimas

Vamos al Teatro Amaya

ASGECO Confederacion

La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, acoge con satisfacción la nueva ley sobre prácticas comerciales desleales La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, viene exigiendo desde años una legislación específica para reprimir y sancionar unas conductas desleales empresariales que no estaban claramente recogidas en nuestra legislación de consumo. ASGECO Confederación lamentaba el retraso en la aplicación de la Directiva 2005/29 del Parlamento y Consejo Europeo sobre “prácticas comerciales desleales”, recordando que España había sido condena el 23 de abril de 2009 por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, por “no adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado”. La Ley 29/2009 sobre competencia desleal y publicidad para la protección de los consumidores y usuarios, publicada en el BOE de 31 de diciembre del 2009, incorpora por fin esta Directiva al derecho interno tipificando y sancionando conductas desleales de las que podrían ser victimas colectivos vulnerables. La Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios, modifica la de la Competencia Desleal, General de los Consumidores y Usuarios y de la Publicidad. Esta nueva normativa reprime y sanciona conductas desleales empresariales y prácticas engañosas y/o agresivas que no estaban claramente recogidas en nuestra legislación de consumo. En concreto tipifica y sanciona conductas, que determinadas empresas dirigen a colectivos vulnerables, por bajo nivel cultural o edad, considerando desleal entre muchos otros ejemplos muy comunes: la que ofrezca un premio, de forma automática o en un concurso o sorteo, sin conceder los premios descritos u otros de calidad o valor equivalente; describir un bien o servicio como “gratuito”, “regalo”, “sin gastos” o cualquier fórmula equivalente, si el consumidor o usuario tiene que abonar dinero por cualquier concepto distinto del coste inevitable de la repuesta a la práctica comercial y la recogida del producto; crear la impresión falsa, incluso mediante el uso de prácticas agresivas, de que el consumidor o usuario ya ha ganado, ganará o conseguirá un premio o cualquier otra ventaja equivalente si realiza un acto determinado, cuando en realidad no existe tal premio o ventaja equivalente, o la realización del acto relacionado con la obtención del premio o ventaja equivalente está sujeto a la obligación, por parte del consumidor o usuario, de efectuar un pago o incurrir en un gasto; etc. La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, resalta que estas conductas desleales se vienen practicando con gran frecuencia por empresas que a través, básicamente, del correo, difunden ofertas enteramente engañosas y fraudulentas, atribuyendo premios millonarios o aparatos electrónicos, incluso mostrándose en la publicidad el remedo de cheque nominativo con la cantidad premiada. Esta nueva normativa abre la posibilidad para el consumidor de actuar por vía administrativa ante las autoridades de consumo competente y/o judicial a través de acciones de cesación, de remoción, rectificación o resarcimiento, en algún caso, por los daños y perjuicios ocasionados por dichas conductas desleales.

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Vamos al teatro a ver el musical El Rey Leon